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Gobernadores y tenientes gobernadores serán ahora prefectos y subprefectos

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A fin de evitar su confusión con los gobernadores regionales

Karen Alata, jefa de la ONAGI

La Comisión de Defensa Nacional, que preside Emiliano Apaza Condori, aprobó un proyecto de ley que propone cambiar la denominación de gobernadores y tenientes gobernadores a la de prefectos y subprefectos, a fin de evitar su confusión con los gobernadores regionales.

La propuesta del proyecto de ley que plantea este cambio de denominación modifica los artículos 6, 17, 10, 13, 14, 15, 16 y 17, del Decreto Legislativo 1140, que crea la Oficina Nacional de Gobierno Interior (ONAGI).

En el sexto artículo, entre las funciones de la ONAGI se señala la de dirigir y supervisar a los prefectos, así como designar, remover y supervisar a los subprefectos provinciales, distritales y de centros poblados, garantizando la presencia del Estado en todo el territorio nacional.

Asimismo, facilitar las acciones destinadas a una eficaz gestión de las entidades del Poder Ejecutivo, a través de los prefectos y subprefectos en el ámbito de su competencia, así como coordinar con las rondas campesinas para el cumplimiento de sus funciones.

En la estructura orgánica básica de la ONAGI, se cambia la denominación de Gobernaciones y Tenencias de Gobernación a Prefecturas y Subprefecturas. Además, aclara que el desarrollo de la estructura, organización y funciones son establecidas de acuerdo al Reglamento de Organizaciones y Funciones (ROF).

Estas autoridades son funcionarios de confianza, y para su designación no requieren haber nacido en la jurisdicción en la que son designados.

El reglamento, establece los requisitos, procedimientos de designación, competencias, funciones, atribuciones y prohibiciones de las autoridades políticas.

El proyecto propone que las prefecturas son dirigidas por los Prefectos, quienes son responsables de la coordinación, control y orientación a las autoridades políticas designadas bajo su competencia. Colabora con los diversos sectores en el seguimiento del desarrollo y ejecución de las políticas nacionales y públicas, en coordinación con la Presidencia del Consejo de Ministros. Su competencia es de ámbito regional y realiza sus funciones conforme a los lineamientos dispuesto por la ONAGI.