Aunque las pruebas evidenciaban la brutal agresión, el magistrado rechazó el pedido de prisión preventiva solicitado por la fiscalía.
Simón Catacora Catacora salió en libertad y solo deberá pagar una caución de 1000 soles.
En audiencia realizada la tarde de ayer, el juez Rolando Sevincha Juro rechazó la prisión preventiva para Simón Catacora Catacora (48), acusado por presunto delito de tentativa de feminicidio y lesiones leves.
La fiscal Iris León Bravo cuestionó la decisión al magistrado y lo acusó de haber tenido la plena convicción de liberar al individuo quien -a golpes- desfiguró el rostro de su esposa Hilda Centón Calizaya (47) y le produjo dos cortes en el brazo con un cuchillo de cocina, porque la mujer no quiso que siguiera bebiendo licor.
«El juez ha declarado infundado el requerimiento de prisión preventiva realizado por el Ministerio Público basándose en que no habían fundamentos de convicción graves y suficientes (…) nosotros hemos adjuntado no solamente las fotografías en donde se evidencia las lesiones sufridas por esta víctima, sino además protocolos de pericia psicológica y no solamente de ella sino también de su menor hijo que también fue agredido, un menor de 11 años que sufre discapacidad física y mental, y lo hemos considerado como agraviado por este delito de lesiones. Sin embargo el juez dice que no hay elementos de convicción suficientes», dijo.
Agregó que el resultado del reconocimiento médico legal, la pericia psicológica y la inspección en la escena del crimen reforzaron la declaración detallada, minuciosa y coherente de la agraviada, que se recibió – en estricto respeto de los cánones procesales- con la presencia de la defensa técnica del imputado para dar mayor garantía, dijo.
PRESUNTAS IRREGULARIDADES
La fiscal recalcó que durante la audiencia, extrañamente, el juez tardó unos 10 minutos en elaborar la resolución que dejaba en libertad al acusado. Este hecho hace presumir que habría tenido todo preparado para declarar infundado el pedido del Ministerio Público.
«Él (Rolando Sevincha) ya lo tenía preparado, porque él ingresa a su oficina demora unos 8 quizá 10minutos y sale a la sala de audiencia a leer lo que supuestamente ha elaborado como consecuencia del debate que hemos tenido en el momento audiencia. Con este nuevo modelo procesal no es así, él tiene que resolver en audiencia conforme al debate. Él ya estaba contaminado al momento que ha resuelto, él sale con el pleno conocimiento y convicción de declarar infundado nuestro requerimiento», refirió.