El Ministerio de Trabajo declaró improcedente la comunicación del paro de 72 horas, por no cumplir con los requisitos previstos en la ley.
(Foto: Referencial)
Mediante la Resolución Directoral General N° 135-2016, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo declaró improcedente la comunicación de huelga convocada por la Federación Médica Peruana (FMP), al no haber considerado el cumplimiento de los requisitos previstos en los literales c) y g) del artículo 80 del Reglamento General de la Ley 30057 – Ley de Servicio Civil, aprobada por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM.
Resolución Directoral General N° 135-2016-MTPE
Cabe resaltar que ante el anuncio del paro de 72 horas de la FMP, durante los días 8, 9 y 10 de noviembre, el Ministerio de Salud (Minsa) exhortó a los dirigentes a continuar con las conversaciones para la atención de la problemática referida a la salud pública.
Además el Minsa reafirmó su compromiso por promover el diálogo abierto y el consenso que apunten también a la mejora de las condiciones laborales de los profesionales, administrativos y técnicos del sector.