Por 30 días norma estará publicada en portal institucional del Ministerio de la Producción, para recibir aportes.
(Foto: Radio Uno)
Hoy, en el diario oficial El Peruano, el Ministerio de la Producción público la RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 334-2017-PRODUCE, a través de la cual se autoriza la publicación del proyecto de Decreto Supremo que da luz verde a las empresas Open Plaza S.A. y Aventura Plaza S.A., a adquirir terrenos dentro de los 50 kilómetros de zona de frontera.
Esta resolución expone los motivos por los cuales este ministerio autoriza la compra de terrenos a las empresas peruanas que solicitan predios. Ambos centros comerciales ocuparían un terreno de al menos 100 mil metros cuadrados, y se espera la generación de 2 mil 750 empleos en la etapa de construcción de los mismos. Mientras que en la etapa de operación a través de la instalación de tiendas, se estima la contratación de al menos 5 mil 500 personas.
El documento publicado hoy en el diario El Peruano, además establece la importante cifra de recaudación de impuesto para el Estado. Se prevé que ambos centros comerciales en su primer año de ejecución, generarán ventas ascendentes a 271.5 millones de soles, lo que significaría una recaudación por concepto de Impuesto General a las Ventas (IGV) de 46.2 millones de soles y por concepto de Impuesto a la Renta (IR) por tercera categoría (empresas), 22.7 millones de soles, montos que representan una importante recaudación tributaria de la región Tacna: 55% de lo recaudado por IGV y 43% de lo captado por impuesto a la renta.
La resolución resuelve hacer público este decreto a través del portal institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), a fin de recibir las opiniones, comentarios o sugerencias de la ciudadanía, los cuales deben ser remitidas a la sede de este ministerio con atención a la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Viceministerio de MYPE e Industria, ubicada en la calle Uno Oeste Nº 060 – Urbanización Corpac, San Isidro, o a la dirección electrónica dp_dgpar@produce.gob.pe.
Como se recuerda, la compra de terrenos dentro de los 50 kilómetros de frontera por parte de capitales extranjeros, sean personas naturales o jurídicas, está prohibido en el artículo 71 de la Constitución Política del Perú. En este sentido, el proyecto de decreto supremo se respalda en la necesidad pública de esta inversión, expentuando declarada y respaldada por el el decreto supremo aprobado por el Consejo de Ministros a través del artículo 13 del Decreto Legislativo Nº 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada, declara de necesidad nacional la inversión privada, nacional y extranjera, en actividades productivas realizadas o por realizarse en las zonas de frontera del país.
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