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GOBIERNO PUBLICA LEY QUE MODIFICA DISTRIBUCIÓN DEL CANON

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 Un día después de vencido el plazo de 15 días establecido por ley para su promulgación, el Gobierno central publicó la norma que modifica el artículo 5º de la Ley del Canon, incorporando el mecanismo de distribución a través de cuentas separadas.

El dispositivo señala que "cuando el titular minero posee varias concesiones en explotación ubicadas en circunscripciones distintas, el canon minero se distribuye en proporción al valor de venta del concentrado o equivalente proveniente de cada concesión.

Ello se hará según una declaración jurada sustentada "en cuentas separadas", que formulará la empresa minera a los ministerios de Economía y Finanzas y de Energía y Minas.

La norma indica que en el caso de la minería no metálica, el canon minero se distribuye en función del valor del componente minero.

"Cuando la extensión de una concesión minera en explotación comprenda circunscripciones vecinas, la distribución de realiza en partes iguales", dice la ley 29281, publicada este martes en el boletín de Normas Legales del diario oficial "El Peruano".
El Ejecutivo, mediante decreto supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, los ministros de Economía y Energía y Minas, dictará las normas reglamentarias de esta ley en un plazo de 60 días calendario desde la entrada en vigencia de la ley.

Como se recuerda, los pobladores de Moquegua protagonizaron una serie de protestas en junio y octubre del presente año a raíz de la demanda del primer departamento para la separación de las cuentas de las minas Cuajone y Toquepala que explota la minera Southern Perú Copper Corporation (SPCC).

El 30 de octubre, el Congreso de la República aprobó, en primera votación, el proyecto de ley 2713 que planteaba la modificación en el sistema de distribución del canon minero. El legislador Washington Zeballos refirió entonces que con el sistema vigente, del 100% del canon, el 79% se quedaba en Tacna y sólo el 21% llegaba a Moquegua. En cambio, con la reforma sancionada en la fecha, el porcentaje que recibiría Tacna sería del 52% y Moquegua, 48%.

Dos días antes, los habitantes de Tacna emprendieron una huelga indefinida en rechazo a la ley 2713. Los disturbios se prolongaron hasta el 4 de noviembre, cuando el Ejecutivo dispuso el Estado de Emergencia en las provincias de Tacna, Jorge Basadre, Candarave y Tarata por el plazo de 30 días.

Los desmanes dejaron como saldo dos muertos, así como la destrucción de la sede de la gobernación de Tacna, así como el incendio del local de la municipalidad del distrito de Ciudad Nueva, entre otras instalaciones.

(CORTESÍA: CNR)