Mediante decreto Nº 064-2020-PCM se modifica el toque de queda en estas dos semanas de ampliación de cuarentena. También mencionan que una persona por núcleo familiar podrá salir para compras de urgencia.
(Foto: Radio Uno)
Mediante Decreto Supremo Nº 064-2020-PCM, se modifican algunos artículos de la norma que estableció el Estado de Emergencia Nacional. Se precisa que “para la adquisición de víveres, productos farmacéuticos y trámites financieros, solo está permitido el desplazamiento de una persona por núcleo familiar de lunes a sábado”.
De esta manera se cancelaría los días de salida diferenciadas para hombres y mujeres anunciados por Martín Vizcarra. El presidenta daría mayores detalles sobre esto en pronunciamiento desde Tumbes antes del mediodía de hoy (10 de abril).
El nuevo Decreto Supremo también dispone que la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios será ahora desde las 6 p.m. hasta las 4 a.m. del día siguiente (y ya no hasta las 5 a.m.) a nivel nacional, con excepción de los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Loreto, en los que la inmovilización social rige desde las 4 p.m. horas hasta las 4 a.m.
El mismo decreto oficializa la prórroga del Estado de Emergencia Nacional hasta el 26 de abril del 2020, tal como lo anunció días atrás el mandatario.