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Adiós al consumo de alimentos y bebidas en salas de cines

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Protocolo también establece que las salas deberán contar con un sistema de renovación cíclica del aire. Además, deberá haber distanciamiento mínimo de 2 metros entre butacas ocupadas.

Prohibido el consumo de alimentos en cines.

El Gobierno público -la tarde del miércoles- el protocolo de bioseguridad para la reapertura de las salas de cines con un aforo máximo del 40%. La Resolución Ministerial N° 00408-2020-PRODUCE. especifica que estará prohibido el consumo de alimentos y bebidas durante la emisión de las películas.

Además, la norma establece un distanciamiento mínimo de 2 metros entre butacas ocupadas.

Igualmente establece una separación de 1.5 metros en las colas y de 2 metros en ascensores y servicios higiénicos.

También dispone la señalización en los pisos de áreas comunes.

Se fomentará el uso de canales virtuales para la venta de las entradas.

En caso de la venta presencial, se motivará el uso de tarjetas de débito o créditos.

Así también, se emplearán barreras físicas (pantallas o mamparas) entre trabajadores y cliente.

También se indica que la exhibición de películas deberá ser en forma escalonada y que tras el fin de cada función se desinfectarán los pisos, barandas, butacas y posavasos.

Dispone que en las salas cuente con un sistema de renovación cíclica del aire; puertas de ingreso y de emergencia abiertas, entre funciones, para la renovación de aire fresco.

Especifica que el retiro de las personas de las salas tendrá que ser fila por fila y que el personal que labora en atención al cliente usará careta facial y mascarilla.