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Excandidato al GRT se salva de sentencia por prescripción

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Madre de familia lo denunció de agresión en 2011. Caso prescribió y ahora el excandidato busca borrar todo rastro de lo ocurrido.

(Foto: Radio Uno)

El 5 de setiembre de 2011, una humilde madre de familia hizo publica una denuncia de agresión física en su contra. Sindicó de ello a Dayan Jiménez Salas, excandidato al Gobierno Regional de Tacna y a la pareja de este, Nohemí Castillo Chagua.

Según la agraviada, el 14 de junio del año en mención, Jiménez junto a amigos llegó a su negocio de comida; sin embargo, luego de unas horas y beber unos tragos, este terminó causando daños en el establecimiento y agrediéndola con participación de su pareja.

“Dayán Jiménez me empujó y en el suelo de dio una patada. Por su parte su esposa también me golpeó y empezaron a romper las cosas”, dijo la afectada en Radio Uno el 5 de setiembre de 2011.

Diez años después, Jiménez busca borrar todo rastro de lo ocurrido. Y es que, viene solicitando “eliminación de la publicación” para lo cual increíblemente alegó prescripción del caso.

Según resolución n°. 5 del 27 de febrero del 2020 en relación al expediente n°. 307-2011, que el mismo excandidato envió a Radio Uno mediante una notarial rectificaría: “Mediante resolución 3 del 6 de diciembre de 2011, la juez de paz a cargo emite sentencia resolviendo reservar el fallo condenatorio a Dayan Wilson Jiménez Salas por falta contra la persona (agresión física) en agravio de María Juana Flores Gómez por un plazo de un año imponiendo reglas de conducta, fijando reparación civil de 700 soles que el sentenciado deberá pagar en favor de la afectada” y absolviendo de los cargos a la pareja del denunciado.

No obstante, Jiménez apeló la medida. Siendo así, el 13 de junio de 2013, el juez del primer juzgado de paz letrado declaró nula la sentencia del 6 de diciembre de 2011 y ordenó una nueva audiencia de juicio oral.

Pero al haber transcurrido un año de iniciado el proceso y este no fuera impulsado por ambas partes (denunciante y denunciado) el juzgado de paz del distrito Gregorio Albarracín de la Corte Superior de Justicia de Tacna, declaró extinguida la acción penal y pena por prescripción entablada en contra del excandidato regional y Nohemí Castillo Chagua, pareja de este, como presuntos autores de faltas contra la persona en agravio de María Juana Flores Gómez.

En consecuencia, el caso fue archivado no por una sentencia que demuestre que el mencionado no cometió delito de agresión fisca en contra de la madre de familia sino porque su caso sobrepasó el límite establecido en ley, siendo así el juez a cargo dispuso la anulación de los antecedentes que hubiera generado el presente proceso.