La Ley Nº 31336, publicada hoy en el diario oficial “El Peruano”, es aplicable a nivel nacional a todas las instituciones o empresas públicas, privadas o mixtas que tengan por objeto la prestación de servicios de salud oncológica en el marco del Aseguramiento Universal en Salud (AUS).
Asimismo, el Estado garantizará el acceso y la cobertura oncológica integral, que incluye la prestación de servicios de promoción, prevención, control y atención oncológica en cualquiera de sus manifestaciones, formas o denominaciones, que permita asegurar el tratamiento de calidad de las personas diagnosticadas con dicha enfermedad, a nivel nacional.
Mientras que, el Poder Ejecutivo -a través del Ministerio de Salud- formulará, implementará y evaluará la Política Nacional de Lucha contra el Cáncer o PNC, la cual establecerá los lineamientos, objetivos, indicadores y estándares mínimos de cumplimiento que garanticen una atención integral oncológica.
En tanto, en las disposiciones finales de la presente norma se declara de necesidad pública e interés nacional la creación de la Red Nacional de Banco de Tumores a cargo del Instituto Nacional de Salud en coordinación con el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN), en el ámbito de sus competencias.
Así como la organización y ejecución de acciones para la prevención, promoción, control y vigilancia del cáncer de mama, como de cuello uterino y el fortalecimiento de la estrategia de vacunación contra el virus del papiloma humano en las niñas y adolescentes en etapa escolar a nivel nacional, entre otros.