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Cambian prisión preventiva por comparecencia para exregidora Patricia Quispe

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La Corte Superior de Tacna determinó declarar fundado el pedido de cesación de prisión preventiva de Patricia Julio Quispe Flores, exregidora de la Municipalidad Provincial de Tacna recluida en la cárcel de mujeres por presunto delito de colusión.

Siendo así, fue dictada una medida de comparecencia con restricciones sujeta a cumplimiento de estrictas normas de conducta. Además del pago de una caución de 10 mil soles que deberá ser efectivizado de cinco días.

La defensa técnica solicitante sustentó que Quispe «posee un fuerte y sólido arraigo domiciliario, familiar y laboral».

VARIACIÓN DE PRISIÓN PREVENTIVA

Como se recuerda, la Fiscalía Anticorrupción sostuvo que  Quispe al igual que otros implicados en el caso formaron una organización criminal que entre 2015 y 2018 favoreció a asociaciones de vivienda adjudicándoles terrenos del Estado previo pago de millonarios sobornos. La supuesta organización fue nombrada “Los Limpios de Tacna” y -según la Fiscalía- habría sido liderada por el exalcalde Luis Torres Robledo, quien cumple arresto domiciliario por quince meses, al igual que los exregidores Julia Benavides Llancay, Pascual Chucuya Laime y Alfonso Ramírez Alanoca, de acuerdo a la resolución judicial.

Y si bien a Quispe se le sindica haber aprobado, mediante acta de acuerdo de Consejo Nro. 007-2016 de fecha 15.02.2016 la viabilidad del proyecto de vivienda los Chasquis I (….) pese a tener conocimiento que las transferencias de bienes de propiedad municipal debían de efectuarse mediante “subasta pública”.

La defesa refirió – según documento actual- que tal atribución queda relativizada con los informes Nro. 006-2021-DPDCRASU-SGBP- de fecha 17.03.2021, 098-2021-SGMP-GDU/MPT de fecha 10.02.2021 y el informe nro. 0032-2021-AAL-UGBI-SGBP-GDU/MPT de fecha 09.02.2021 y 011-2020-01- SGBP-GDU/MPT del 14.10.2020 que dan cuenta sobre la existencia de 22 asociaciones que han sido favorecidas con la venta directa de terrenos, en aplicación de la ordenanza Municipal 027-2010, todo ello ante el pedido de la Jueza SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE TACNA, sobre la remisión de contratos suscritos a mérito de los “ACUERDOS de CONSEJO” sobre la venta directa de inmuebles bajo los alcances de la ordenanza Municipal 027-2010.

«Es decir se advierte que existe multiplicidad de ventas directas de terrenos que ha sido objetos de acuerdos de Consejo previo de la ordenanza Municipal 027-2010 y, que a pesar de la existencia de normatividad que prohibía la misma, toda vez que se debe de hacer mediante subasta pública se procedieron a realizar  su – venta directa- previo acuerdo del Consejo, con estos elementos de convicción se debilitan totalmente la imputación de la fiscalía, (insinuándose que bajo esta lógica también deberían estar siendo procesadas todas aquellas personas que han realizado ventas directas que aparecen en los informe en mención) lo que no ocurre en la realidad, de lo que se tiene que el nivel de sospecha fuerte habría variado».

Mencionar que, la decisión fue apelada por fiscalía y procuraduría.