El Tercer Juzgado Civil de Puno, a cargo del juez Guido Chevarría Tisnado, mediante Resolución 14, del 27 de abril de 2022, dio por concluida la demanda de amparo presentada por la Procuraduría del Gobierno Regional de Puno contra el proyecto Vilavilani II fase I, sin pronunciarse sobre el fondo del asunto.
El exprocurador de Puno, Santiago Molina, dijo a Radio Uno que la decisión del juez Chevarría Tisnado se debe a que, con la demanda de amparo, Puno exigía la suspensión del contrato entre el Consorcio Agua Manantial y el Proyecto Especial Tacna. Sin embargo, en noviembre de 2021, dicho consorcio decidió resolver el contrato con el PET.
“Da por concluido el proceso sin pronunciamiento sobre el fondo, porque la demanda de amparo estaba dirigida en contra del contrato, y como ya no existe contrato vigente porque ha sido resuelto, ya no tiene sobre qué pronunciarse”, explicó Molina.
“Acá estamos hablando que no es una estrategia de defensa del GRT o del PET, sino que es por ley, que establece que, si ya no existe el conflicto que motivó la presentación de la demanda de amparo, da por concluido el proceso”, precisó el exprocurador.