Así lo indicó el decano del Colegio de Abogados de Tacna, Edward Villa, quien refirió que esto atentaría contra la buena fe de las personas que llegan hasta sus oficinas para realizar diversos trámites que podrían quedar invalidados.
“Él ya no esta facultado para certificar, dar fe, ni constituir actos notariales. Ahora una de las tinterilladas que hay que censurar, es que no solo en este caso sino en muchos casos, los sentenciados o perjudicados por resoluciones han dicho ‘a mi no me han notificado personalmente’ y eso puede tardar varios días y no podemos tolerar eso”, señaló.
“Lo que debe quedar en claro es que solo un mandato judicial puede suspender la ejecución de esa sentencia, y un mandato judicial que podría provenir de una medida cautelar o de una sentencia a favor del señor De Rivero, pero mientras que no haya nada de eso nadie puede irrogarse en la facultad de suspender los mandatos judiciales”.
Asimismo sostuvo que solicitará al colegio de Abogados de Lima, la sanción y cancelación de colegiatura que el caso amerita.
“El juez penal liquidador de oficio ha mandado al colegio de abogados de Tacna la sentencia y todos los actuados para que se proceda al proceso administrativo disciplinario que a mi parecer ameritaría una suspensión y cancelación de la colegiatura”, puntualizó.
En otro momento manifestó que ante estos hechos, planteará una modificatoria al código de ética de los Colegios de Abogados del Perú, para que en el caso de condena como esta se aplique una sanción directa porque “ya no habría nada que investigar”.