Durante la votación no se logró la mayoría, desestimándose la solicitud que presentó el ciudadano Salomón Joaquín Gómez.
(Foto: Radio Uno)
El pleno del Consejo Regional rechazó el pedido de 120 días de suspensión para Serapio Ramos Nina, acusado de haber maltratado al ciudadano Salomón Joaquín Gómez.
Durante la presentación de sus argumentos, para lograr la sanción, el solicitante sostuvo que Ramos mantiene una conducta inadecuada para el cargo que ostenta, recordando que en marzo del 2015 usó una expresión desafortunada para referirse a la mujer tacneña.
«Luego el 9 de noviembre del 2015, quien habla, ha sido objeto de maltrato psicológico y discriminación por parte del consejero regional Serapio Ramos Nina en la sala de sesiones del Consejo Regional donde no tuvo ni siquiera una pizca de sensibilidad humana por mi discapacidad y la edad por la que atravieso», mencionó.
Agregó que en febrero de este año, Ramos se vio envuelto en nuevo escándalo por la agresión del ciudadano Carlos Mayta y -dijo- existe un audio donde ofrece trabajo a cambio de 5 galones de combustible a un regidor de la municipalidad provincial de Candarave. «Y en la actualidad se encuentra investigado por el presunto delito de falsedad genérica en el Ministerio Público por no declarar lo correcto en su hoja de vida cuando era candidato al Consejo», remarcó.
A su turno Serapio Ramos dijo que el solicitante intentaba dañar su honorabilidad y la de su familia. Asimismo reconoció estar involucrado en la agresión y presunto tráfico de influencias pero aclaró que se encuentran en investigación en el Ministerio Público.
«Solo hay 3 causales para la suspensión que invoca el señor solicitante: incapacidad física, mandato firme de detención derivado de un proceso penal, y sentencia judicial condenatoria, que no es el caso», subrayó.
Finalmente aseguró que existe un contubernio de ciudadanos y periodistas que buscan desprestigiarlo para sacarlo del cargo y recalcó que Salomón Joaquín Gómez también fue candidato al Consejo por la provincia de Candarave y perdió el proceso.
«Yo haré valer mi derecho después de todos estos acontecimientos», puntualizó.
Tras escuchar los alegatos de ambas partes se sometió a votación, produciéndose un empate de 3 votos contra 3. El secretario explicó que de acuerdo al artículo 31 de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales se establece que la suspensión es declarada por mayoría, y siendo el número legal de miembros 7, la mitad sería 4 (redondeando), de tal manera que la mayoría tendría que ser 5 votos «en consecuencia con 5 votos debió aprobarse el pedido pero en este caso solamente existen 3 votos por lo tanto no correspondería aprobar dicho pedido».
El consejero delegado Octavio Benito señaló que la decisión del pleno puede ser apelada «pero por lo que se ha visto las atenuantes no se sujetan a lo que dice el reglamento y menos a la ley orgánica de Gobiernos Regionales».
Salomón Joaquín Gómez adelantó que presentará la apelación correspondiente.