Por: César Copa Tijutani
Todos los caminos llegan a Roma, reza un refrán. Este dicho romano viene de la creación de los primeros caminos. Todas las ciudades del imperio estaban conectadas por una gran red de carreteras que comunicaban cultural, comercial, y políticamente a los Romanos y algunas de ellas perduran hasta el día de hoy, y el tema que nos ocupa, nos conduce hasta la Roma antigua.
El Derecho Romano, si nos ponemos a analizar y fijarnos en algunos detalles está constantemente con nosotros, tocar el derecho romano es estudiar la etimología jurídica, hablar de derecho romano es hundirse en el contexto histórico, sirve para la formación de un buen jurista. El italiano Gaetano Schirillo manifestó lo siguiente: «se podía ser abogado sin saber Derecho romano, pero jamás ser un jurista verdadero si no se conocía esta disciplina», No en vano tiene promedio 12 siglos de desarrollo. En la misma línea Valerio Mássimo Manfredi (arqueólogo italiano) respondía a la prensa italiana: que la lengua española es el gran legado de Roma. Sin ninguna duda podemos afirmar que el latín moderno universal es el castellano – español. La arquitectura y principalmente el Derecho Romano se extiende como legado hasta el oriente, China y Japón tiene traducido el Derecho Romano en sus respectivos idiomas oficiales y Cuba no es ajeno a esta corriente, en estos países en las facultades de derecho se enseña 3 años de esta disciplina, IUS y LEX en Derecho Romano no son iguales, el DERECHO está para resolver problemas de 2 o más personas en cambio la LEY es para ordenar la sociedad. El Derecho Romano es entendimiento, razonamiento y memoria igual jurisprudencia. El actual Código Civil no es más que repetir el Derecho Civil Romano no solo en nuestro país si no en todos los países de habla hispana; cuando se habla de Derecho es imposible no hablar de Roma, es como que en el futuro cuando se hable de gastronomía peruana no se cite a Gaston Acurio como fuente histórica.
Cabe resaltar que en el Derecho Romano existen dos importantes aportes jurídicos, que establecen un antes y un después en el aparato legal mundial, la primera: Se trata de la Ley de las XII tablas y fue la primera ley escrita en Roma, las cuales sentaron las bases del Derecho hasta nuestros días. Segundo: Corpus Iuris Civilis (cuerpo de Derecho Civil) o también llamado el Código de Justiniano el cual es una obra que contiene todos los aspectos positivos del Derecho Romano, es una obra tan extensa como su importancia para la humanidad, gracias a la compilación se han podido conocer las bases del Derecho, las terminologías, y procedimientos, que se utilizan hasta nuestros días.
Una vez Amos Bronson mencionó: “la enfermedad del ignorante es ignorar su propia ignorancia”.
Desde este espacio invito a reflexionar en las palabras de Bronson a todos los que aspiran a ser juristas o en última instancia a los que pretenden a la facultad de Derecho.