Este 26 de enero se conoció el íntegro de la resolución n.° 09 emitida por Sala Penal de Apelaciones que revoca por mayoría la resolución que en primera instancia declaró fundada la cesación de prisión preventiva de Luis Torres Robledo, gobernador regional de Tacna.
Siendo así, la Sala de Apelaciones reformó la resolución n.° 03 declarando «infundado el pedido de cesación de detención domiciliaria formulado por la defensa del imputado Luis Ramón Torres Robledo; en consecuencia se mantiene la medida de detención domiciliaria, que se cumplirá en el domicilio del imputado con custodia policial permanente«.
La Sala estuvo integrada por los magistrados Jorge de Amat Peralta, Pedro Franco Apaza y Ramiro Bermejo Ríos, siendo este último el voto de minoría.
Como se recuerda, el juez Juan Portugal Vega resolvió – en fallo conocido el 26 de diciembre de 2022- variar por comparecencia con restricciones la detención domiciliaria que Torres Robledo cumplía desde hace dos años por presunto delito de colusión, en el caso conocido como «Los limpios de Tacna» de cuando fuera alcalde provincial de Tacna. A la vez fue impuesto el pago de una caución de 25 mil soles, estrictas normas de conducta e impedimento de salida del país por el plazo de 18 meses.
Al respecto, el abogado especialista en materia penal, Cristian Astete, expresó estar de acuerdo con el juez Bermejo Ríos (voto en minoría) expresando que «no hay razón para que se mantenga la detención domiciliaria» ajustándose al caso una comparecencia con restricciones que era proporcional e idónea para la autoridad en funciones pues «no tiene sentencia condenatoria (…) y ha pasado casi un mes y el señor Luis Torres a pesar de no tener detención domiciliaria con custodia policial no se ha fugado», enfatizó.
¿Cómo queda el cargo de gobernador?
Según el letrado, la situación de Torres Robledo no sería causal para que el consejo regional acuda al Reglamento Interno de Funciones en busca de una suspensión dado que la autoridad no figura como sentenciado. Además que «esta medida (suspensión) existía antes de que los consejeros regionales hayan juramentado. Tendrían la posibilidad de sancionar desde el momento de juramentar hacía adelante, no hacía atrás», dijo.
Siendo así «la presunción de inocencia la mantiene (…). Este ciudadano ha estado casi un mes en libertad sin custodia policial y no se ha fugado. Ahora el hecho de que es gobernador definitivamente le genera un arraigo más fuerte en la ciudad de Tacna», destacó.
A la vez que, «considerar el hecho de que no tenga hijos que dependan de él, desde luego es una persona mayor los hijos crecen y se van, pero eso no puede ser un único criterio para decir que no tenga un arraigo familiar o decir que una empresa privada como el Marques Cariñoso (propiedad de Torres) es una empresa que no le genera tanto arraigo, para eso tendría que ser funcionario público que ya también lo es, como para tener más arraigos», agregó.
De tal manera, refirió que la vicegobernadora, Liliana del Carmen Velazco Cornejo, deberá de seguir en funciones para las cuales fue electa mientras que Torres Robledo podría desempeñar labores desde de casa bajo las limitaciones que su condición exigen.