José Dávila Córdova, secretario técnico del Tribunal Transparencia y Acceso a la Información Pública del Ministerio de Justicia, destacó en conversación con Radio Uno que «las entidades tienen la obligación de entregar la información que soliciten todas las personas. Y ante la falta de respuesta o respuesta errada o incompleta, el usuario puede presentar un recurso de apelación que es la reclamación que advierte que las entidades no están cumpliendo con sus tareas».
El tema en mención está fijado a ser tratado este jueves 20 desde las 3:00 p. m. en el auditorio de la biblioteca de la Universidad Nacional Jorge Basadre. Como adelanto, refirió que si bien las entidades pueden alegar «información confidencial» ante el pedido del usuario, es importante recordar que «se presume que la información que tienen las entidades es pública y las excepciones son límites establecidos por ley».
Así, precisó que información confidencial puede ser: el domicilio personal, ingresos económicos con la excepción de la remuneración del servidor público y descuentos del mismo en pago a préstamos personales o por demanda de alimentos, y correos electrónicos que no sean institucionales.
En caso, que la entidad niegue información alegando que el acervo documentario solicitado contiene información privada, existe la figura de disociación de información que es el tachado de información, «tachamos aquellos datos que no se pueden entregar» como los ya mencionados.
Resaltó que las entidades tienen 10 días para responder a la solicitud, puede solicitar prorroga justificando la misma e incluyendo cronograma, que no tiene un máximo para su cumplimento, pero tiene que ser razonable. Pero de insistir en no entregar la documentación solicitada «aquí tenemos responsabilidades administrativas y podría generarse responsabilidades penales», advirtió al ser consultado por resolución 23-2024 solicitada a la Municipalidad Provincial de Tacna y que a la fecha no entrega.