El Jurado Nacional de Elecciones resolvió por mayoría declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por Víctor Jareca y confirmó el acuerdo municipal que declaraba improcedente el pedido de vacancia interpuesto contra el alcalde de Ciudad Nueva, Hugo Mita. Sin embargo la resolución del Jurado Nacional de Elecciones, provocó una diferencia entre los integrantes del ente, dos de los cuales aseguraron que sí era procedente su vacancia.
Caso de Hugo Mita ha generado reacciones diferentes entre integrantes de JNE
Una discrepancia entre integrantes del Tribunal Supremo Electoral del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ha generado el pedido de vacancia interpuesto contra el alcalde de Ciudad Nueva, Hugo Mita. Y es que aunque tres de los cinco integrantes del jurado resolvieron confirmar el acuerdo municipal que declaraba improcedente el desafuero de la autoridad municipal, los otros dos explicaron las razones por las que consideraban que sí era válida la vacancia de Mita Alanoca.
Como se sabe, el alcalde Hugo Mita estaba acusado de haber incurrido en una causal de vacancia al haber incumplido las restricciones de contratación fijadas por el JNE, al haber prestado en forma extraña la suma de 55 mil 836 nuevos soles para cubrir supuestamente los gastos del Carnaval “Costumbre de Mi Pueblo 2011” y tras regularizar el trámite presupuestario, auto pagárselos con dinero del municipio.
Aunque el concejo municipal blindó por mayoría a Mita Alanoca, el ciudadano que interpuso la demanda, Víctor Jareca Laura apeló la decisión de los regidores por considera que había suficientes elementos para que la vacancia proceda. Sin embargo, por mayoría el tribunal supremo del JNE decidió declarar infundada la apelación y ratificar el acuerdo municipal. La decisión, pese a ello, no eximió a los dos integrantes, que votaron a favor de la vacancia, entre ellos el presidente del tribunal, a exponer sus argumentos declarando en todo momento que su conciencia de magistrados lo obligaba a adoptar la decisión de declarar fundada la vacancia.
“En consecuencia, si bien el voto en mayoría de este Supremo Tribunal Electoral es porque se declare infundado el recurso de apelación, basándose en el supuesto de que no se habría afectado el patrimonio municipal; atendiendo a las considerandos expuestos y, en aplicación de los principios de independencia de la función jurisdiccional y el criterio de conciencia que nos asiste como magistrados, NUESTRO VOTO ES por que se declare FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Víctor Élmer Jareca Laura, REVOCAR el Acuerdo de Concejo de la Sesión Extraordinaria, de fecha 29 de febrero de 2012, y REFORMÁNDOLO, declarar la vacancia de Hugo Cecilio Mita Alacona, alcalde del Concejo Distrital de Ciudad Nueva, provincia y departamento de Tacna, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 9, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Además, REMITIR copias de los actuados a la Contraloría General de la República y el Ministerio Público, y proceder a CONVOCAR a los accesitarias que correspondan, según el “Acta de proclamación de resultados de cómputo de autoridades municipales electas” del mencionado concejo distrital, para completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, y otorgarles las respectivas credenciales”, dice el documento de minoría.
La información fue confirmada por el abogado del burgomaestre, Hugo Aduvire Soto quien precisó que la resolución le fue notificada ayer y aseguró además que el dictamen de minoría no cambia en absoluto la decisión colegiada por mayoría del JNE.