La red AmaLlulla revisó la legislación electoral vigente para las Elecciones Regionales y Municipales (ERM) 2026, convocadas para el 4 de octubre. Al cierre de este explicador, más de 80.000 candidatos quedaron inscritos para este proceso electoral.
A finales de 2025 e inicios de este año, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) actualizó los reglamentos sobre la inscripción de fórmulas y listas de candidatos para las ERM 2026. Las organizaciones políticas debieron ajustarse a estas reglas, que fueron verificadas por los Jurados Electorales Especiales (JEE) durante la etapa de inscripción.
Algunas de estas exigencias están relacionadas con las cuotas de representación. En esa línea, la Constitución Política establece los porcentajes mínimos para garantizar la representación de mujeres, así como de comunidades nativas, campesinas y los pueblos originarios en los Consejos Regionales y Concejos Municipales. Estas reglas también están desarrolladas en las normas que regulan las elecciones regionales y municipales.
En las últimas décadas, las normas han incorporado cuotas para promover la participación política de las mujeres.
En 1997, la Ley Orgánica de Elecciones estableció una cuota mínima del 25 % de mujeres u hombres en las listas parlamentarias. Tres años después, este requisito aumentó al 30 %.
En 2002 se estableció una cuota del 30 % para las candidaturas a cargos municipales y, dos años más tarde, se extendió a las listas de candidaturas al Parlamento Andino.
Búsqueda de la paridad
Sin embargo, recién en 2020, se incorporaron la paridad y la alternancia como requisitos para las listas de candidatos en los procesos electorales.
Es necesario diferenciar dos tipos de paridad: vertical y horizontal. La paridad vertical busca que hombres y mujeres se distribuyan de manera equilibrada dentro de una misma lista; la horizontal, que las organizaciones políticas repartan equitativamente los encabezamientos de sus listas.
En 2024, una nueva ley mantuvo la paridad y alternancia para las listas al Congreso y al Parlamento Andino, pero eliminó la alternancia obligatoria en la fórmula presidencial y la paridad horizontal en las elecciones regionales y municipales.
Ahora bien, en las Elecciones Generales de abril de 2026, la participación de mujeres se acercó a la paridad en las candidaturas. Fueron 3670 mujeres, equivalentes al 49 % del total. En la elección congresal, su presencia también se mantuvo cercana a ese punto de equilibrio. No obstante, la diferencia fue mucho mayor en la carrera presidencial: solo cuatro mujeres compitieron frente a 32 hombres.
Es importante señalar que, para las próximas ERM 2026, las mujeres representan poco más de la mitad del electorado: son más de 13 millones de ciudadanas que acudirán a las urnas para elegir a 13.148 autoridades regionales, provinciales y distritales.
A la mañana del jueves 10 de septiembre, ya se habían inscrito más de 80.000 candidatos, de los cuales el 46 % son mujeres, según la Plataforma Electoral del JNE. La cifra final será actualizada en los próximos días con la información proporcionada por el Pleno del JNE, que se encargó de resolver las apelaciones relacionadas con tachas y exclusiones de candidaturas, cuyo plazo culminó el pasado 4 de septiembre.

Pero ¿cómo se aplican estas reglas para validar las listas de candidatos?
Una representación equilibrada
Para garantizar esta distribución, el JNE estableció que todas las listas tengan obligatoriamente un número par de candidatos.
Si en una región o municipio corresponde elegir un número impar de consejeros o regidores, las organizaciones políticas debían agregar un candidato adicional ―un titular y su accesitario en el caso de regiones― para que la lista tenga un número par de integrantes.

En las elecciones regionales, la fórmula para gobernador y vicegobernador también debía estar formada por un hombre y una mujer. Sin embargo, estos candidatos no se consideran para calcular las cuotas de jóvenes y de representantes de comunidades nativas, campesinas y pueblos originarios en la lista de consejeros.
En el caso municipal, el candidato a alcalde tampoco se considera para calcular la paridad, la alternancia ni las cuotas de jóvenes y de representantes indígenas de la lista de regidores.
En resumen, la paridad y alternancia buscan que hombres y mujeres tengan una presencia equilibrada y se distribuyan de manera intercalada en las candidaturas. Para las ERM 2026, estas reglas se están aplicando según el tipo de elección y el cargo al que se postula.
Este explicador fue realizado por Pancarta.pe, miembro de la red Ama Llulla, con el acompañamiento editorial de OjoPúblico.











