¿Se hizo justicia? Ahora los trabajadores gozaran de 7 días de licencia con goce de haber para asistir a sus familiares directos que se encuentren en estado grave, terminal o hayan sufrido un accidente que ponga en riesgo su vida. Disposición alcanza a empleados con hijos, cónyuges o padres graves.
El Congreso de la República promulgó una norma por la cual se reconoce el derecho de todos los trabajadores del país a tener una licencia con goce de haber por siete días, para asistir a sus familiares directos que se encuentren en estado grave, terminal o hayan sufrido un accidente que ponga en riesgo su vida.
La Ley Nº 30012 –que fue publicada en el Diario Oficial El Peruano– alcanza a los trabajadores con hijos, padres, cónyuges o convivientes con diagnóstico de peligro.
Mediante la norma se precisa que si un trabajador requiere más tiempo de licencia, éste será concedido por un lapso adicional no mayor a 30 días, a cuenta del derecho vacacional.
«De existir una situación excepcional que haga ineludible la asistencia al familiar enfermo, fuera del plazo previsto, se podrán compensar las horas utilizadas para dicho fin con horas extraordinarias de trabajo, previo acuerdo con el empleador», se indica en el artículo 2° de la disposición.
Procedimiento
Para obtener este derecho, el trabajador deberá comunicar al empleador dentro de las 48 horas de producido o conocido el suceso, adjuntando el certificado médico suscrito por el profesional de la salud autorizado, con el que se acredite el estado grave del familiar directo.
«Los beneficios obtenidos por los trabajadores sobre esta materia, por decisión unilateral o por convenio colectivo, se mantienen vigentes en cuanto sean más favorables a éstos», indica la ley.
Se justifica la Ley pero…
El vicepresidente de la Confederación General de Trabajadores (CGTP), Olmedo Auris, señaló que hay razones que justifican la necesidad de esa ley, pero que el problema podría radicar ya en su ejecución.
“No nos olvidemos que en nuestro país, muchas veces se dice, hecha la ley hecha la trampa, y obviamente a las finales se desnaturalizan la esencia justificable de una Ley, o sino por otro lado nos encontramos con una frondosa burocracia que se creen los guardianes del paraíso y sencillamente a pesar de que existe un instrumento legal se pueda facilitar a un trabajador acudir a un familiar cercano que se encuentra en grave riesgo, esa no le va servir”, dijo Auris.
Finalmente agregó que se debe trazar un plan operativo a fin de que se cumpla verdaderamente el espíritu de la Ley, pero no se preste al mal uso, a las tergiversaciones, y finalmente a la desnaturalización.