El Poder Legislativo publicó hoy la Ley de Líneas de Base del Dominio Marítimo del Perú, según la delimitación de mar establecida por el fallo de la Corte Internacional de Justicia de La Haya, del pasado 27 de enero.
Ley adecua limites marítimos a lo dispuesto por la Corte Internacional de la Haya.
La norma precisa que para fijar las líneas de base, desde las cuales se mide la anchura del dominio marítimo del Estado peruano, se consideró la información resultante de los trabajos realizados por técnicos del Perú y de Chile para la medición de las coordenadas precisas.
Asimismo, la Ley se circunscribe «estrictamente» a adecuar la Ley 28621 a lo resuelto por la Corte Internacional de Justicia en su fallo del 27 de enero de 2014, sobre delimitación marítima con Chile, «sin afectar de modo alguno la intangibilidad de la frontera terrestre ni del inicio de esta en el Punto Concordia».
«Que se mantiene inalterable, en virtud de lo establecido en el Tratado de Lima entre el Perú y Chile, de fecha 3 de junio de 1929, su Protocolo Complementario y los trabajos de la Comisión Mixta de Límites de 1929 y 1930», añade.
En ese sentido se establece el Punto 220-A, noroeste del Puerto Mollendo dentro del sistema de líneas de base del litoral peruano, con las coordenadas geográficas (WGS-84) 17°01’39.8”S, 72°01’22.4”O.
Se adecua el Punto 244 del sistema de líneas de base del litoral peruano, ubicado en Punta Coles, a las coordenadas geográficas (WGS-84) 17°42’26.5”S, 71°22’56.4”O.
Así también, se establece el Punto 265-A, inicio de la frontera marítima entre Perú y Chile, dentro del sistema de líneas de base del litoral peruano, con las coordenadas geográficas (WGS-84) 18°21’00.42”S, 70°22’49.80”O.
Además, señala que de conformidad con lo resuelto en el fallo de la Corte Internacional de La Haya, y al no haberse establecido proyección marítima que se genere a partir del Punto 266 del sistema de líneas de base del litoral peruano, queda sin efecto tal punto.
En las disposiciones complementarias finales, se señala que la norma entrará en vigencia al día siguiente de la publicación en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.
La Ley de Líneas de Base de Dominio Marítimo fue aprobada por la Comisión Permanente del Congreso.
Como es sabido en Tacna se cuestiona el art.6 de la mencionada Ley 3592 debido a que eliminaría el punto 266 por ende favorecería a Chile en la controversia por el triángulo terrestre.
El aprobado proyecto indica en su artículo 6 “De conformidad con lo resuelto en el fallo de la Corte Internacional de Justicia del 27 de enero de 2014, y al no haberse establecido proyección marítima que se genere a partir del Punto N° 266 del sistema de líneas de base del litoral peruano, queda sin efecto tal punto”.