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FISCALÍA IMPUSO PENA EFECTIVA POR HURTO AGRAVADO

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 La Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Gregorio Albarracín, impuso la pena efectiva en Audiencia de Terminación anticipada por el delito de hurto agravado en el grado de tentativa a Rubén Layme Sinticala y Roger Miranda Fernández por sustraer bienes en el domicilio de Darío Arucutipa Aquino, el pasado 10 de marzo.

Para dicho propósito criminal, solicitaron los servicios de taxi de su co-imputado Modesto Zea Limachi, quienes luego de la planificación del hecho, se dirigieron a la Asociación de Vivienda Satélite del sur Mz. H, Lote 03 del distrito Gregorio Albarracín.

Los sujetos para evitar la identificación del vehiculo, procedieron a elaborar una placa falsa de papel bond con los dígitos TU-5336, sobrepuesta con cinta negra a la placa original SK-7674.

Posteriormente el imputado Layme Sinticala, ayudado por el imputado Miranda Fernández trepó la pared de la vivienda del agraviado, donde debido a la seguridad de las habitaciones en el interior, se dirigió a la cocina para sustraer un balón de gas, para luego abordar el vehiculo conducido por Modesto Zea Limachi y fugar.

El personal de Radio patrulla fue alertada por un testigo, quien indicó la dirección del vehiculo de los imputados, por lo que emprendieron una persecución logrando detenerlos en plena fuga por el Óvalo Bohemia Tacneña para trasladados a la Comisaría del distrito.

Inmediatamente se hizo presente el Fiscal de Turno Lucio Cutipa Ccaso para realizar las diligencias preliminares y luego de encontrar graves y fundados elementos de convicción, solicitó la prisión preventiva y posteriormente una Audiencia de Terminación Anticipada, programada para el 17 de abril.

En dicha audiencia la Juez Carmen Álvarez Goicochea del 2do. Juzgado de Investigación Preparatoria aprobó el requerimiento de Terminación Anticipada, condenando a Rubén Layme Sindicala a 1 año y 8 meses de pena con carácter de efectiva, a Roger Miranda Fernández a 2 años de pena con carácter de efectiva y a Modesto Zea Limachi a 2 años con carácter de suspendida; Y una reparación civil solidaria de 400 nuevos soles.