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Declaración del colaborador eficaz no basta para incriminar al imputado

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“Ya no tiene la fuerza de antes, tiene que ser su testimonio corroborado con otras formas de prueba” expresó el ex fiscal Oscar Ponce en referencia a nuevos criterios sobre la prisión preventiva.

Oscar Ponce, ex fiscal. (Radio Uno)

De conformidad con los nuevos estándares jurídicos acordados por los magistrados de las salas penales de la Corte Suprema, reunidos en el 11° Pleno Jurisdiccional Penal. El mandato de la prisión preventiva exigirá nuevos requisitos para evitar cualquier vulneración del derecho.

Es así, que  el ex fiscal Oscar Ponce destacó que la declaración del colaborador eficaz no basta para incriminar al imputado. 

“Ya el colaborador eficaz que antes bastaba una imputación de él para introducir en un proceso y responsabilizar gravemente a una persona ya no tiene la fuerza de antes, tiene que ser su testimonio ser corroborado con otras formas de prueba”, dijo.

Así también, en resaltó que el plenario establece también la sospecha fuerte, “antes eran graves elementos de convicción, ahora es sospecha fuerte la que va más allá de una presunción (…) la sospecha fuerte esta hecho de tal manera que ineludiblemente se va a presumir que esta persona va a ser condenada”, acotó.

Siendo así que, si los elementos que sostienen la imputación son débiles “definitivamente no habrá prisión preventiva por más grave que aparentemente sea el delito”, advirtió.

Esta sospecha fuerte ya es más exigente que los graves elementos de convicción, incluso ahora para la colocación de grilletes se pedía que la pena no sobrepase 8 años de prisión; “entonces, si a una persona que va a tener una pena de hasta 8 años se le va a colocar grilletes, entonces una que sobrepasa los 4 años pero no llega a los 8 no le darán preventiva, eso dice el pleno”.

Entonces, en referencia a la veintena de detenidos de manera preliminar en el caso de corrupción que investiga la fiscalía bajo el nombre “Los Saqueadores de Ilabaya”, comentó que las personas tienen derecho a la libertad si es que no se les acredita mayor responsabilidad.

“El plazo es para hacer diligencias, no es el plazo para coaccionar para evitar que ellos consigan nuevas pruebas, porque tampoco se le puede recortar a las personas el derecho a la defensa, hay que tener mucha ecuanimidad para establecer igualdad de armas”, agregó.