El Tribunal Constitucional (TC) dejó sin efecto la medida cautelar que interpuso el Sindicato de la Defensoría del Pueblo y le dio la razón al Congreso de la República, que ahora podrá elegir al nuevo defensor del Pueblo. El Congreso de la República había presentado una serie de demandas competenciales contra el Poder Judicial respecto de los amparos que le impedían seguir con estos procedimientos que consideraron dentro de sus facultades.
Mediante un comunicado, el máximo intérprete de la Constitución dio cuenta que con esta demanda el Congreso de la República cuestionaba una serie de resoluciones judiciales con las que se les impedía elegir al defensor del Pueblo.También ejercer control político sobre los altos funcionarios del Estado y el presidente del Jurado Nacional de Elecciones. Además de emitir leyes conforme a los artículos 102.1 y 107 (Ley de Consejo directivo del Sunedu).
La Comisión Especial Encargada de la Selección de Candidatos Aptos para la Elección del Defensor del Pueblo, presidida por el congresista Manuel García Correa (APP), podrá seguir con el procedimiento para elegir al nuevo defensor del Pueblo en el que sería el tercer y definitivo intento del Legislativo. A partir del 9 de mayo, el Congreso podría proceder con la selección de los candidatos a defensor del Pueblo, quienes finalmente serán elegidos con los votos del Pleno del Parlamento.
SINDICATO DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO
Es ante lo expuesto que Lily Ku Yanasupo señaló que el TC ha dejado sin defensa a la población pues según la medida adoptada por el máximo intérprete de la Constitución «no se les podría cuestionar nada al Legislativo (…) estamos solicitando una revisión de instancia internacional», acotó. Yanasupo señaló que se desconoce los argumentos con los el TC habría adoptado esta medida. Indicó tambien que «si uno analiza los ultimos hechos sobre este tema (…) ya uno intuia las cosas en las que iban a desencadenar».