Mediante decreto supremo nº. 009-2021-SA la disposición rige desde el 7 de marzo de 2021, por un plazo de ciento ochenta días calendario.
Ampliación rige desde el 7 de marzo.
El Gobierno dispuso la prórroga de la declaratoria de la emergencia sanitaria debido a la presencia de la covid, por un plazo de 180 días calendario contados a partir del 7 de marzo próximo.
El Decreto Supremo 009-2021-SA, señala que la medida permite continuar con las acciones de prevención, control y atención de salud en el país; y señala que corresponde al Ministerio de Salud (Minsa), al Instituto Nacional de Salud (INS) y a EsSalud, realizar las acciones inmediatas.
La normativa indica también que durante la prórroga se continuará con la contratación de bienes y servicios requeridos para las actividades de la emergencia sanitaria coivid-19.
Además, las contrataciones y adquisiciones que se continúen realizando al amparo de esta norma, se seguirán destinando exclusivamente para los fines establecidos, bajo responsabilidad.
Agrega el documento que, concluida la prórroga declarada las autoridades responsables de la ejecución del Plan de Acción, estas deben informar respecto de las actividades y recursos ejecutados, así como sobre los resultados alcanzados.