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Sunafil advierte que núcleo del negocio de transporte no puede ser tercerizado y personal debe ser formalizado 

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En medio del creciente rechazo ciudadano al alza de pasajes en el transporte público, Eduardo Pérez Maldonado, intendente regional de la Sunafil en Tacna, lanzó una contundente advertencia a las empresas: el núcleo principal del negocio no es delegable y todos los conductores y cobradores deben estar debidamente registrados en planilla

En conversación con Radio Uno, el funcionario destacó una sentencia emblemática del Tribunal Constitucional (Expediente 3097-2024), sustentada por el magistrado Gustavo Gutiérrez Tixe, la cual establece un precedente claro sobre el equilibrio entre la libertad empresarial y los derechos laborales

Así precisó que este fallo determina que «el núcleo del negocio no se puede tercerizar», lo que en el sector transporte significa que los choferes y cobradores son piezas esenciales e inalienables de la actividad principal de la empresa.

“La empresa tiene que ponerse a derecho, poner en planilla a los choferes y a los cobradores con todos los beneficios y obligaciones que corresponden”, enfatizó el intendente, señalando que muchas asociaciones intentan evadir esta responsabilidad bajo el pretexto de que los conductores son dueños de sus propias unidades

Ante la práctica común de captar choferes con vehículos propios para «disfrazar» la relación laboral, la Sunafil aplica el principio de primacía de la realidad. Pérez Maldonado explicó que, si una empresa o asociación exige horarios y rutas fijas a los conductores, la ley presume automáticamente la existencia de una relación laboral, sin importar la propiedad del vehículo o si existen vínculos familiares entre los trabajadores.

De igual forma, la autoridad laboral ha identificado una situación alarmante de informalidad «silenciosa» en las 85 empresas que operan las 32 rutas de la ciudad. Casos críticos revelan que empresas que manejan rutas completas operan con una cantidad mínima de personal en planilla. El incumplimiento de estas normas, específicamente la falta de registro en planillas, es calificado como una infracción muy grave.

Las multas para las empresas que no regularicen su situación tras recibir las cartas inductivas enviadas por Sunafil podrían oscilar entre los S/ 2 mil 600 y los S/ 106 mil, dependiendo del tamaño de la organización.

Finalmente, Pérez Maldonado denunció que la ausencia de fiscalización permite jornadas extenuantes de 12, 14 y hasta 16 horas diarias, lo que genera fatiga y estrés en los conductores. “Un chofer que está protegido con derechos laborales protege también al ciudadano que traslada en la ruta día a día”, concluyó la autoridad, asociando el cansancio de los choferes con los frecuentes accidentes de tránsito por alcance en la región.