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Matrículas: Colegios no pueden imponer requisitos que vulneren normatividad

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Colegio Marcelino Champagnat fue observado por Defensoría del Pueblo y Ugel Tacna tras denuncia de requisitos que vulneraban la postulación a primer grado de primaria.

Defensor del Pueblo, Edward Vargas Valderrama.

Entre sus requisitos de matrícula, la institución educativa Champagnat coloca como uno de sus requisitos básicos para acceder primaria (6º requisito) “acreditar primeros puestos y logros satisfactorios en la institución educativa anterior a través de diplomas académicos, culturales y deportivos del postulante”. Este hecho fue considerado como discriminatorio por la Defensoría del Pueblo.

Edward Vargas Valderrama, Defensor del Pueblo, dio a conocer que un representante de la institución junto a una funcionaria de Ugel Tacna acudió al centro educativo y luego de una reunión, dicho requisito quedó desestimado.

“Contraviene a la normatividad actual, específicamente a la resolución ministerial Nro. 627-2016 emitida por el Ministerio de Educación. Los requisitos resultaban vulneratorios a los derechos constitucionales y de alguna manera resultaban hasta discriminatorios. Si bien es cierto cada colegio tiene un reglamento interno, los reglamentos no pueden vulnerar la constitución y las normas específicas del sector. No porque tengo el poder de hacer un reglamento puedo poner lo que me da la gana”, aseveró.

Así también aclaró que los padres de familia no están obligados a entregar documentos originales como parte de la documentación de postulación a los centros educativos. Los colegios deberán solicitar fotocopias que -en caso de ser aceptado el menor de edad- luego serán regularizadas con copias certificadas.